
Luego de 20 años de matrimonio Leticia (quien pidió omitir su apelativo), decidió divorciarse de su marido. “La situación era muy difícil, nunca se hizo responsable de los gastos de nuestro hogar, ni de los niños. Llegó el punto en que le pedí que se fuera de la casa y solicité el divorcio”, recordó.
Tras la disolución del matrimonio, los problemas con su ex pareja no terminaron pues una vez divorciados, el padre de sus hijos decidió no darle pensión alimenticia.
“No sólo tuve que pagar el divorcio porque él siempre me dijo que no tenía dinero, tampoco me pasó pensión alimenticia, ni siquiera algo para los gastos de comida, ropa o escuela; por eso tomé la decisión de demandarlo”, dijo Leticia, quien en este año cumplió tres años de haberse divorciado y ya está lista para iniciar una querella en contra de su ex cónyuge.
Casos similares al de Leticia se repiten continuamente ante las Agencias del Ministerio Público del Sistema DIF y el Instituto Municipal de la Mujer en Reynosa, donde todos los días acuden mujeres para denunciar a sus ex parejas por incumplimiento del pago de los alimentos.
“Recibimos por lo menos veinte casos mensuales de mujeres que acuden al Instituto a denunciar al padre de sus hijos, más las que se presentan en las Agencias del Ministerio Público que están en el DIF”, dijo Catalina Nery, encargada del departamento jurídico del Instituto Municipal de la Mujer.
“Ellas nos manifiestan que su esposo o pareja –la mayoría vive en unión libre– no les da la pensión alimenticia y se cansaron de pedírsela de buena manera o esperarlos a que les lleven el dinero. Al ser muchas de estas mujeres desempleadas y sin estudios para salir adelante, deciden interponer una demanda legal para solventar los gastos de sus hijos”, aseguró.
Según Catalina Nery, la demanda del pago de la pensión alimenticia ha encabezado la lista de querellas en el instituto, ya que todos los días reciben por lo menos 20 denuncias de este tipo, una cifra que podría ser mayor, pues gran parte de las mujeres consideran este procedimiento como última opción para pedir el subsidio.
Ante ello, uno de los objetivos del Instituto Municipal de la Mujer es promover un convenio entre las partes para no llegar a la demanda penal.
“Cuando las madres manifiestan que no quieren demandar y sólo desean una llamada de atención para ver si así su ex pareja cumple, se les invita a hacer un convenio para que den la pensión y muchas veces funciona. Procuramos llegar a convenios antes de demandar porque no podemos saturar los Centros de Rehabilitación por ese delito”, mencionó la funcionaria.
Para la entrevistada lo más favorable para las familias es llegar a un acuerdo de pensión, sin embargo, cuando esto no se da, recurren a la demanda penal y como último recurso se pide la detención del responsable del abandono.
“Las demandas interpuestas sí han tenido éxito. Varios de los padres han llegado a pisar la cárcel”, enunció la abogada.
Y es que el noventa por ciento de los padres que son demandados, aluden no tener dinero por falta de trabajo, lo que no los exime de responsabilidad.
“Hay un menor que come todos los días, por eso no se puede eludir la responsabilidad. Si la persona no tiene trabajo, puede hacer un convenio para que la madre lo espere y se ponga a hacer el trabajo que sea para darles el alimento a los menores. Siempre les pedimos a las madres de familia que nos digan qué cantidad es la que necesitan para el menor y ésa es la pensión que se le va a pedir a la persona”, sentenció.
PADRE POR LEY
Debido al gran crecimiento poblacional del Estado y el número de niños que nacen fuera del matrimonio, el 19 de octubre de 2004 se aprobó la Ley de Paternidad Responsable, a fin de garantizar los derechos de las niñas y niños que nacen fuera del matrimonio.
Y es que según consideraciones de esta ley, de cada diez nacimientos en el Estado, cuatro se dan en una situación en donde la madre no se encuentra unida en matrimonio y donde los menores no tienen certidumbre de lograr que se respeten sus derechos.
Según esta ley, una madre puede pedir el reconocimiento de su hijo al presunto padre ante el Registro Civil. La dependencia emite un citatorio al supuesto progenitor con tres notificaciones, si el notificado no acude al segundo citatorio, se da por sentada la paternidad y se reconoce al menor otorgándole el apellido y todos los derechos de un hijo legítimo, pensión alimenticia, atención médica y demás.
Para la aplicación de esta ley se hace uso de la prueba de ADN que de resultar positiva, su costo (ocho mil pesos) es cubierto por el padre, pero si resulta negativa, es la madre quien asume todos los gastos del proceso y de la prueba de paternidad.
En Tamaulipas, la primera ocasión que se utilizó esta ley fue el 16 de diciembre de 2007, tres años después de haber sido expedida.
El primer caso que se tuvo en Reynosa fue el 17 de abril de ese mismo año en la Oficialía Segunda del Registro Civil que titula Dulce Nava. A partir de entonces se han presentado 30 casos de los cuales sólo en uno ha sido necesario hacer la prueba de ADN para el supuesto padre.
“En los casos que hemos tenido no ha habido la necesidad de que el proceso incluya hasta las últimas consecuencias. Un solo caso es el que siguió su curso en donde el supuesto padre se negaba a reconocer su paternidad por lo que se amparó.
Hemos tenido 30 casos que antes que se les envíe el tercer citatorio ellos acuden con la madre al Registro Civil.
Lo que hacemos es ubicar al padre y hacerle del conocimiento de esta Ley de Paternidad Responsable, se le informa que el procedimiento inicia con un primer y segundo citatorio, hasta el tercero; si no se presenta a los dos primeros, se informa a la Procuraduría General del Estado del caso, se les manda llamar y allí procede el proceso de ADN para efecto de la comprobación”, explicó Dulce Nava.
Y continuó: “Hay un solo caso donde él se negaba a acudir a un tercer citatorio, se fue por la vía civil y solicitó un amparo pues en el artículo tercero del Código Civil hay un párrafo donde los hombres pueden ampararse, pero al final todos los casos terminan en lo mismo, porque la Procuraduría solicita el examen de ADN que en un principio subsidia el Estado, pero si sale positivo y el padre se negaba a reconocer a su hijo, tiene que pagar el costo de lo que generó (el proceso) o en su defecto si sale negativo y la madre argumentaba que era el presunto padre, ella asume todos los costos”, detalló.
La titular del Registro Civil comentó que la Ley de Paternidad Responsable tiene como fin proteger a los menores, por lo que no puede ser utilizada en caso de que un progenitor dude de la paternidad de un hijo legalmente reconocido.
“Nos tocó el caso de una persona que reconoció a un hijo suyo de una novia informal. Este joven nunca tuvo dudas de su paternidad hasta que en una discusión la madre le dice que el hijo no es suyo, vino, preguntó por la Ley de Paternidad Responsable, pero ésta sólo aplica para la mujer.
El señor solicitó una prueba de ADN y el resultado fue negativo, pero tuvo que irse a juicio por la vía civil y a la fecha está demandando que se le retribuyan todos los gastos de pensión que le fueron ocasionados desde el embarazo”, comentó Dulce Nava.
La titular de la Oficialía Segunda del Registro Civil añadió que si bien la ley protege a la madre, en ciertas situaciones el padre puede utilizar las mismas leyes e, incluso, (si él está a cargo de los hijos) pedir una pensión alimenticia a la madre.
PATERNIDAD REPONSABLE
A pesar de existir leyes para obligar a los progenitores (padres y madres) a ejercer una paternidad responsable, no todas se aplican por la falta de conocimiento de éstas. Es por ello que en Reynosa surgió una la Asociación Paternidad Responsable, que preside Nohemi Muñoz, y que tiene como fin crear conciencia de que no por el hecho de haber terminado un matrimonio se terminan las obligaciones con los hijos.
“Decidimos apoyar a las madres de familia en representación de sus menores hijos ante el abandono físico, moral y económico del padre, que tiene la obligación de velar por los derechos de los hijos.
Uno de los objetivos de Paternidad Responsable es asumir un compromiso al momento que concebimos un hijo, y otro es promover acciones de apoyo a las familias ante la desventaja económica y moral”, dijo la presidenta de esta asociación fundada en el año 2007.
Es así como una de las principales acciones del grupo es promover el asesoramiento legal a las madres que quieren demandar a sus parejas para exigirles el pago de pensión alimenticia.
Pero la asociación no es exclusiva para mujeres, está abierta también para los padres que por alguna circunstancia se han hecho cargo de sus hijos.
“Nos han llegado tres casos de padres que vienen en busca de apoyo y también los recibimos, porque hablamos que la paternidad responsable no exenta a la mamá, también nos encontramos que hay muchas madres irresponsables”, reconoció Muñoz.
En el caso de los varones, acuden a buscar asesoría legal ante las amenazas que les hacen sus parejas.
“La principal amenaza es que les van a quitar a sus hijos, o en el caso de las madres, las amenazan con no darles dinero y se pone muy tenso el ambiente. Aquí vienen a buscar asesoría e información de qué pueden hacer o hasta dónde pueden llegar sus parejas, todo tipo de dudas que quieren aclarar”, dijo.
En su mayoría quienes acuden a esta asociación son mujeres cuyas edades oscilan entre los 23 y 37 años, son casadas, viven en unión libre y son madres solteras.
En este sentido, otro problema que la asociación ha detectado entre las madres que deciden demandar una pensión alimenticia a sus parejas, es la intimidación de la que son víctimas.
“Cuando se da este tipo de juicios los padres utilizan la intimidación hacia su ex pareja y de ahí que muchas de las mamás prefieren retractarse y no proceder legalmente. Tuvimos un caso en la asociación donde una madre llegó buscando apoyo para pensión alimenticia y entabló la demanda de juicio penal, cuando el padre se entera, la amenaza y le dice que retire la demanda porque no le iba a dar nada.
La madre decidió seguir la demanda y de una manera extrañamente rápida, le llegó una notificación por allanamiento de morada y en menos de un mes salió una orden de aprehensión por lo que fue detenida en la Policía Ministerial y se le fijó una fianza de 10 mil pesos. La mujer no quiso continuar con el caso y el ex marido la obligó a firmarle la patria potestad del niño”, relató.
Además de estas intimidaciones, otro de los problemas que enfrentan las mujeres que deciden demandar es que sus ex esposos no declaran el total de sus ingresos.
“Cuando se logra el embargo de sueldo para los padres, muchos de ellos tienen la complicidad o el apoyo de quienes manejan la nómina de su empresa y no dan toda la información que requiere el juez. Así nos encontramos con madres que no reciben aguinaldos, prestaciones y se les entrega sólo el sueldo”, comentó.
Esta situación es muy común en Reynosa, donde las empresas e incluso dependencias de gobierno, no aplican los embargos de sueldo ordenados por el juez hacia el salario del padre.
En tres años de trabajo la Asociación de Paternidad Responsable se han encontrado con muchos casos donde las madres prefieren no continuar con la demanda por pensión alimenticia debido a la poca cantidad que se les otorga que en ocasiones no supera el 20 por ciento del sueldo de su ex marido.
Por esta razón en noviembre de 2009 el grupo promovió una propuesta que el diputado local José Elías Leal elevó a iniciativa en el Congreso local donde se establecen diversas reformas al Código Penal del Estado de Tamaulipas, que ordenan que el porcentaje de pensión alimenticia no podrá ser menor del 30 por ciento ni mayor al 50 por ciento del salario del demandado.
Además se establece que cuando el deudor no tenga un sueldo, la pensión se cubrirá con los demás bienes del progenitor.
Así mismo en la iniciativa de decreto presentada ante el Congreso de Tamaulipas propone el aumento de una sanción al que dolosamente se declare insolvente o renuncie a su trabajo para eludir el cumplimiento de las obligaciones alimentarias para sus hijos o su cónyuge, o le niegue beneficios médicos u hospitalarios que tengan derecho con motivo del trabajo realizado.
A pesar de existen todas estas leyes que aseguran a los menores un sustento económico, no siempre se aplican, ya sea por desconocimiento por parte de las madres o por incumplimiento de los progenitores.
De acuerdo a la agencia de noticias Comunicación e Información de la Mujer A. C. (Cimac), la Procuraduría de Justicia del Estado colocaba el abandono de obligaciones alimenticias como el séptimo delito con mayor índice en la entidad; superado por los delitos de lesiones, robo simple, robo de vehículos, domiciliarios, amenazas y daño en propiedad ajena.
Estas cifras venían incrementándose los últimos años; en 2007 se atendieron mil 550 denuncias de este tipo y en 2008 se presentaron mil 905 querellas.
Se identificó también que los municipios con mayor número de demandas fueron: Ciudad Victoria, con 428 casos; Matamoros con 290; Reynosa con 216, Tampico con 162, Nuevo Laredo con 119, así como Ciudad Madero y Altamira con 109 y 86 casos, respectivamente.
Estos números seguirán en aumento, ya que según el Consejo Nacional de Población en el estado, el número de hogares sostenidos por jefas de familia asciende a los 202 mil 935 entre madres solteras, divorciadas o en unión libre, quienes ante la difícil situación económica deciden pedir a sus ex parejas una pensión alimenticia.
Se estima que esta cantidad repunte en los próximos años.