Un impresionante incendio consumió en su totalidad las instalaciones de la empresa maquiladora Banabox de México, ubicada en el Parque Industrial Villa Florida.
El fuego, que de acuerdo a reportes inició alrededor de las 18:30 horas del lunes 22 de abril, consumió en su totalidad la nave de la empresa dedicada a la elaboración y almacenaje de cajas de cartón.
Elementos de Protección Civil Regional, Municipal y del Departamento de Bomberos de Petróleos Mexicanos acudieron al lugar del siniestro para intentar controlar las llamas, sin embargo, sus esfuerzos resultaron inútiles pues el fuego consumió todo.
Afortunadamente las autoridades no reportan personas lesionadas ya que se dice que todos los empleados alcanzaron a salir del lugar a tiempo.
Reportes de testigos aseguran que el siniestro inició dentro de la planta y avanzó tan rápido que en espacio de 10 minutos ya estaba fuera de control.
De hecho el incendio era tan impresionante, que creó una columna de humo que podía verse a varios kilómetros a la redonda.
Incluso las llamas se podían observar desde el libramiento que comunica la carretera Monterrey con la carretera Ribereña.
El presidente de la Junta de Conciliación número 5 en Reynosa, Carlos Javier Díaz Ortiz, informó que hasta el momento los trabajadores de la empresa no han acudido a la instancia a solicitar orientación jurídica.
Ante ello desconoce la situación de los empleados, ya que la maquiladora resultó afectada por completo y por el momento no está operando.
En ese sentido, invitó a los empleados acercarse a la dependencia laboral para recibir asesoría si es que lo requieren.
Díaz Ortiz externó que una de las circunstancias por la cual se puede cancelar el pago a los trabajadores es que en el peritaje se detecte que el incidente fue fortuito, esto es que a pesar de las medidas de seguridad tomadas por el empleador se haya suscitado un accidente de esta índole.
“Si es un caso fortuito donde el empleador se vio afectado en su centro de trabajo por una situación no imputable consecuentemente no hay obligación de prestar el servicio y no hay obligación del pago como contraprestación por razona obvias”, expuso.
Pronunció que si los empleados de esta empresa necesitan orientación sobre el proceso que debe seguirse en torno al acontecimiento, acudan a las oficinas de la Junta de Conciliación para exponer el caso.