Una vez que la Fiscalía General de la República solicitó a la Cámara de Diputados iniciar un juicio de procedencia contra el gobernador del Estado por la probable comisión de delitos de delincuencia organizada, operaciones con recursos de procedencia ilícita y defraudación fiscal, el largo ritual apenas inicia.
Sí, la Fiscalía General de la República (FGR) solicitó a la Cámara de Diputados iniciar un juicio de procedencia contra el gobernador del Estado, Francisco García Cabeza de Vaca, por la probable comisión de delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita, pero el procedimiento implica un largo camino de diligencias, comparecencias, argumentación de acusaciones, defensas, pero sobre todo votaciones para quitar o no el fuero y dar parte al Congreso Local, el cual a su vez haría partícipe al Tribunal Supremo de Justicia, también del Estado de Tamaulipas.
En medio del huracán que por sí mismo causó la representación social federal la tarde del martes 23 de febrero al enviar la solicitud de desafuero ante la Cámara -a poco más de tres meses de los comicios concurrentes-, se percibe un choque de trenes de fuerzas políticas en contra y a favor del ejecutivo estatal, pero también de juristas y constitucionalistas que interpretan el caso de acuerdo con sus perspectivas.
Tanto profesionales del Derecho como analistas políticos concluyen que el desafuero podría concretarse en la Cámara de Diputados federal, donde Morena y sus aliados tienen una imponente mayoría, pero al llegar el caso al Congreso Local, donde el PAN –partido al que pertenece el gobernador- tiene también superioridad y de donde el caso será enviado al Supremo Tribunal de Justicia de la entidad, la acción se caerá.
Sin embargo, quienes dan por hecho que el mandatario enfrentará a la autoridad federal investigadora sin fuero, como el senador ex panista y ahora morenista, Germán Martínez, sostienen que la asamblea de diputados locales no podría darle protección a Cabeza de Vaca una vez que se la haya quitado legalmente la Cámara de Diputados para que enfrente acusaciones de índole federal ante la FGR.
Empero, hay quienes se basan en el inciso G de la Declaración de Procedencia de la Cámara de Diputados y argumentan que el Congreso Local sí tiene facultades para interpretar el caso y tomar una decisión.
Mientras tanto, el interesante ritual legislativo, legal y político, inicia.
La solicitud para el desafuero del gobernador panista ante la Cámara Baja se origina por una investigación realizada en conjunto por el Ministerio Público Federal y la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Al pedirle a la Cámara emitir una declaración de procedencia, la FGR busca proceder penalmente en contra del gobernador Francisco García Cabeza de Vaca por la presunta comisión de los delitos federales: delincuencia organizada, operaciones con recursos de procedencia ilícita y defraudación fiscal. Una vez formalizado el requerimiento, se iniciará el proceso cameral.
La autoridad investigadora pide al órgano legislativo que si considera que hay elementos que presuman la probable responsabilidad en los ilícitos que se le imputan al gobernante, le quite el fuero para poder juzgarlo.
En este particular, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos establecen que el procedimiento para la declaración de procedencia en la Cámara de Diputados implica una serie de requerimientos que deben cumplirse en tiempo y forma.
INICIO DE PROCEDIMIENTO
Tras la presentación y ratificación del juicio de procedencia, un grupo de diputados que integran la Sección Instructora de la Cámara de Diputados llevará a cabo una serie de diligencias para establecer la existencia del delito y la probable responsabilidad del imputado.
La Sección Instructora es presidida por el Diputado Pablo Gómez Álvarez, de Morena y fungen como secretarias Martha Patricia Ramírez Lucero, de Morena; Ivonne Álvarez García, del PRI y Ana Ruth García Grande del PT.
Especialistas en Derecho apuntan que la Sección Instructora de la Cámara de Diputados establecerá si hay elementos o no, es decir si es procedente o no la petición y enseguida comunica su percepción al pleno de la Cámara.
Al radicar el asunto, la Sección Instructora tiene tres días para notificar al inculpado, quien tendrá un plazo de siete días para que presente sus alegatos. Simultáneamente el Ministerio Público también tiene que ser notificado.
En base a la ley, se abre un periodo de 30 días naturales para desahogar pruebas y posteriormente la Sección Instructora evalúa las constancias y elaborar un proyecto que presenta al pleno de la Cámara.
El catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Francisco Burgoa, declaró al medio Sin Embargo que en caso de que la Sección Instructora halle elementos para poder analizar la solicitud de la FGR, “se tendrá que rendir un dictamen en un plazo de 60 días hábiles, plazo que se podría ampliar a criterio de la propia sección instructora, como establece la ley”.
El estudioso reveló al medio nacional que la instancia tiene que constatar si existen elementos jurídicos que presuman la probable responsabilidad del servidor público, en este caso el Gobernador de Tamaulipas, para el cual se solicita la declaración de procedencia.
El artículo 26 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos establece que una vez que se haya dado cuenta del dictamen correspondiente, la presidenta de la Cámara, en este caso la diputada priista Dulce María Sauri Riancho, anunciará que la instancia legislativa debe erigirse en Jurado de Procedencia al día siguiente a la fecha en que se hubiese presentado el dictamen.
Esto se le comunicaría al gobernador, a su defensor y a la parte denunciante, en este caso el Ministerio Público Federal, de tal forma que todos tengan derecho de audiencia.
En este sentido la Mesa Directiva de la Cámara convoca al Órgano de Procedencia o Jurado de Procedencia para que en orden hablen el Ministerio Público Federal y el acusado, quien podrá responder ante las acusaciones.
En la sesión los diputados también pueden participar y referirse al contenido del proyecto, ya sin la presencia del MP federal ni del inculpado.
Tras la deliberación, la mayoría -mediante voto directo- resuelve aprobar un proyecto para hacer la declaración de procedencia y enviar a la instancia que corresponda.
Si el pleno no aprueba el proyecto lo regresa a la Sección Instructora para que haga uno acorde con la deliberación que se hizo en el pleno, con la intención de que tenga mayoría en el pleno.
En este contexto el senador Pablo Gómez abordó el tema en radiodifusoras de la capital del país, en las que dijo que de aprobarse, la declaración de procedencia se publica y se envía al Congreso de la entidad para que ahí proceda como corresponda, de acuerdo con las normas locales.
La Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos refiere en su artículo 28 que si se declara que ha lugar a proceder contra un funcionario federal éste quedará inmediatamente separado de su cargo y sujeto a la jurisdicción de los tribunales competentes.
En caso negativo, no habrá lugar a este procedimiento mientras el señalado cuente con el fuero, pero tal declaración no será obstáculo para que el procedimiento continúe su curso cuando el servidor público haya dejado su cargo.
No obstante, al tratarse de un gobernador, la declaración de procedencia que dicte la Cámara de Diputados, se remitirá a la Legislatura Local “para que en ejercicio de sus atribuciones proceda como corresponda y, en su caso, ponga al inculpado a disposición del Ministerio Público Federal o del Órgano Jurisdiccional respectivo”, apunta la Ley.
El artículo 111 de la Constitución señala a su vez que para poder proceder penalmente por delitos federales contra los ejecutivos de las entidades “la declaración de procedencia será para el efecto de que se comunique a las Legislaturas Locales, para que en ejercicio de sus atribuciones procedan como corresponda”.
Existen juristas como el académico de la UNAM Francisco Burgoa que consideran que aunque la Cámara de Diputados haya retirado el fuero al gobernador, el Congreso Local tamaulipeco decide no ponerlo a disposición de la autoridad, bajo algún argumento, por ejemplo que se violó el procedimiento, no hay elementos, o por considerar que se trata de una persecución política.
Sin embargo, en contraste con estas consideraciones, el abogado y senador Germán Martínez, ex dirigente nacional del PAN, ahora en las filas de Morena, aseguró que una vez que la Cámara de Diputados le quite el fuero a Cabeza de Vaca, este podría ser arrestado y llevado a juicio.
Martínez expresó que el gobernador Cabeza de Vaca no tiene dos fueros, por lo que la interpretación de que una vez desaforado el caso se va a Tamaulipas para el mismo efecto es incierta.
“La facultad de declarar la procedencia la tienen un órgano federal, …definir qué es un delito federal es competencia federal, no lo reservaron para los estados y la Ciudad de México; la investigación de un delito federal es competencia federal, el conocimiento de una causa penal federal es competencia federal, de un juez federal, está expresamente reservado a la federación investigar los delitos federales”.
En este sentido, el legislador expresó que al dar vista al Congreso local sobre el juicio de procedencia a García Cabeza de Vaca es para que lo sustituyan.
Germán Martínez dijo que uno de los más prestigiados constitucionalistas de México, vivo, Elisur Arteaga Nava, sostiene en su texto que una declaración de procedencia que emita la Cámara de Diputados es suficiente para suspender temporalmente de su cargo a un servidor público, no requiere su homologación, ratificación o aprobación por parte de una legislatura local para que surta sus efectos.
“Se exige enviar la resolución a la legislatura solo con el fin de que quede enterada de manera oficial a la suspensión de un servidor público desaforado y proceda a proveer lo relativo a su suplencia”, apuntó al citar al constitucionalista Arteaga Nava.
APLANADORA 4T
Actualmente en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados está integrada por 256 legisladores de Morena, 46 del PT y 21 de la fracción del Partido Encuentro Social. Es decir de 500 legisladores el bloque de la Cuarta Transformación tiene 323 parlamentarios.
De acuerdo con la Constitución, para aprobar el juicio de procedencia se requiere el aval de la mayoría absoluta de sus integrantes, es decir la mitad más uno. Si fuera el caso de que asistieran los 500 diputados, algo no muy común, con 251 legisladores que votaron a favor, el desafuero prosperaría.
El PAN tiene 77 diputados, el PRI 48, Movimiento Ciudadano 27, PRD 12, Partido Verde 11 y hay un diputado independiente. En total el llamado bloque opositor tiene 175 parlamentarios.
Ahora bien, hay que tomar en cuenta que la Sección Instructora deberá rendir su dictamen en un plazo de 60 días hábiles una vez que determina que existen elementos que presuman la posible responsabilidad del acusado.
Sin embargo, el actual periodo ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio concluye en abril próximo y en septiembre de este año inicia la próxima legislatura.
Es por ello que algunos legisladores consideran que podría haber un periodo extraordinario después de abril, sin embargo esto sería en el contexto de las elecciones concurrentes.
MAYORÍA AZUL
En tanto, actualmente el Congreso de Tamaulipas está integrado por 23 diputados del Partido Acción Nacional (PAN), al cual pertenece el gobernador Francisco García Cabeza de Vaca, de los 36 que componen la Legislatura.
Morena solo tiene 10 diputados, el PRI 2 y Movimiento Ciudadano 1.
El artículo 152 de la Constitución del Estado de Tamaulipas establece que el Gobernador del Estado sólo habrá lugar a acusarlo ante el Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado.
Y la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado consigna en su artículo 44 que en lo que se refiere al gobernador en la probable comisión de delitos federales y una vez recibidas por el Congreso local las declaratorias que al efecto emitan la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores, “procederá a declarar si procede la homologación de dichas declaratorias y consecuentemente el retiro de la protección que la propia Constitución del Estado otorga a tales servidores públicos a fin de ser enjuiciados como legalmente hubiere lugar”.
Para homologar esta declaración se requerirá el acuerdo de las dos terceras partes del total de los legisladores.
Solo 11 políticos han sido desaforados
Fue en 1909 cuando ocurrió el primer caso de desafuero en México. El entonces diputado José López Portillo y Rojas, abuelo del presidente José López Portillo (1976-1982), fue acusado de fraude y perdió su protección constitucional para pasar a ser juzgado.
El caso más reciente, el décimo en la historia, fue el de la diputada local de Sinaloa, Lucero Sánchez, a quien se le llegó a llamar la “Chapodiputada”, al ser acusada de tener nexos con el narcotraficante Joaquín Guzmán Loera.
Sánchez fue desaforada en junio del año 2016.
El 14 de diciembre de 1935 el senador Manuel Riva Palacio fue desaforado acusado de conspirar contra las autoridades, bajo el mandato del entonces presidente Lázaro Cárdenas.
Para 1945, los diputados Carlos Madrazo, Sacramento Joffre y Pedro Téllez Vargas, fueron acusados de traficar con tarjetas para la contratación de braceros en Estados Unidos. Los tres perdieron el fuero.
En 1947, el senador Félix Ireta Viveros fue desaforado al ser acusado de falsificación de documentos; no obstante, se comprobó su inocencia y regresó a sus funciones como legislador en 1951.
El senador Jorge Díaz Serrano también fue desaforado en 1983 tras ser señalado de fraude por un monto de 5 mil 100 millones de pesos, cuando fue director de Pemex.
El entonces perredista René Bejarano Martínez, quien era diputado local de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal fue desaforado en 2004, luego de que se filtró un video donde se le observa recibiendo dinero del empresario Carlos Ahumada.
En 2005, el actual presidente Andrés Manuel López Obrador, entonces Jefe de Gobierno capitalino, fue acusado de violar una orden judicial, donde se establecía la suspensión de la construcción de una calle en un terreno expropiado años atrás. También le quitaron su fuero.
En 2010 Julio César Godoy Toscano, quien aún no rendía protesta como diputado federal, fue señalado por sus nexos con el crimen organizado, en específico con la Familia Michoacana. Cuando le quitaron la protección constitucional, desapareció. Actualmente es prófugo de la justicia.
La cifra de solo 11 políticos desaforados en la historia de México es corta si se compara con las centenas de solicitudes que se han hecho para realizar juicios políticos a diversos personajes. De acuerdo con el diario capitalino La Razón, hasta el año 2016 había unas 230 solicitudes de desafuero.